SECRETO BANCARIO ANTE LA 10ª “PERFORACIÓN” Y SIN LA JUSTICIA

A diferencia de las otras 9, la que se propone será automática pero acotada.

Secreto bancario. La llave para abrirlo la tendrá la DGI en vez de la Justicia.

Conozca los detalles del proyecto que flexibiliza el secreto bancario

Desde que fue consagrado en 1982, el secreto bancario ha tenido nueve “flexibilizaciones” o “perforaciones” —según el punto de vista de quién lo analice— y un proyecto de ley enviado la semana pasada por el Poder Ejecutivo dispone la 10ª. Pero, a diferencia de las anteriores, en esta no intervendrá la Justicia en ningún paso.

 El proyecto de ley, a estudio de la Cámara de Diputados establece en su artículo 1° que las entidades financieras “deberán suministrar anualmente a la Dirección General Impositiva (DGI) toda la información relativa a saldos y rentas al cierre del año civil, de las cuentas debidamente identificadas mantenidas por personas físicas, jurídicas u otras entidades que configuren residencia fiscal en otro país o jurisdicción”. El artículo 2° impone eso mismo “respecto de las cuentas que sean mantenidas por personas físicas, jurídicas u otras entidades residentes en la República”.


Las entidades financieras obligadas a informar son: bancos, corredores de bolsa, asesores de inversión y aseguradoras.

Esto implica que a fin de cada año, esas entidades deberán informar a la DGI las cuentas que tienen, a quién pertenecen, qué saldo tienen y que renta generaron. Además, cuando se trate de cuentas que “conforme a los criterios que establezca el Poder Ejecutivo, sean entidades consideradas de alto riesgo en materia de evasión fiscal, se deberá informar asimismo el beneficiario final de la misma”.

Pero, el artículo 8° establece que “el Poder Ejecutivo podrá excluir de la obligación de ser informadas cuentas que resulten de bajo riesgo fiscal en atención a su naturaleza y monto”.

Así, se faculta al Poder Ejecutivo a excluir a algunas cuentas de la obligación de ser informadas a la DGI. El subsecretario de Economía, Pablo Ferreri dijo al diario El Observador que se pretende que las cuentas que se utilicen para el pago de sueldos queden excluidas y que aquellas que tengan menos de determinado monto —que aún no fue definido pero será de “algunos miles” de dólares— también.

Con datos a mayo, en el sistema bancario había 2.119.105 depositantes —un mismo cliente puede tener más de una cuenta—, de los que 1.693.031 tenía depósitos iguales o menores a US$ 5.000.

La información que obtenga la DGI sobre no residentes, la compartirá a partir de 2018 con otros países que hayan suscrito el acuerdo de intercambio automático de datos en el marco de la OCDE (hasta ahora son 101). Los datos que la DGI obtenga sobre residentes los utilizará para cruzar con otros y detectar inconsistencias que conduzcan a atrapar evasores de impuestos. Esto lo podrá hacer desde 2017.

Historia.

Esta “flexibilización” o “perforación” o tiro casi de gracia al secreto bancario, será la primera en el que no intervenga la Justicia.

El secreto bancario como tal existe desde el 14 de septiembre de 1982, cuando se incluyó en un decreto de normas sobre el sistema financiero firmado por el entonces dictador, Gregorio Álvarez y luego convertido en decreto-ley por el Parlamento en 1985. Allí se estableció que los bancos “no podrán facilitar noticia alguna sobre los fondos o valores que tengan en cuenta corriente, depósito o cualquier otro concepto, pertenecientes a persona física o jurídica determinada”. La única posibilidad de levantarlo era por “autorización expresa del interesado o por resolución fundada de la Justicia penal o de la Justicia competente si estuviera en juego una obligación alimentaria”.

La primera “perforación” o “flexibilización” se dio en 1985 y señaló que se podría pedir el levantamiento por prueba judicial por acción de rebaja de alquiler. En 1987 llegó la segunda por la que se autorizó a la Inspección General del Trabajo a poder trabar embargo judicial en las cuentas bancarias de las empresas —para hacer efectivo el cobro de multas— “sin otra identificación” que el nombre completo o la razón social de la firma. La tercera llegó en 1992 y extendió la facultad anterior al Banco de Previsión Social.

La cuarta modificación se dio por ley en 1998, aunque recién fue reglamentada en 2004 y estableció que “deberán ajustarse a las reglamentaciones que dicte el Poder Ejecutivo con la finalidad de prevenir la conversión, transferencia u ocultación de bienes, productos o instrumentos” procedentes del narcotráfico. En 2006 vino la quinta y fue para dejar en claro que el secreto bancario “ampara exclusivamente las operaciones bancarias pasivas”, es decir a los depósitos y no a los créditos.

En 2007 se dio la sexta, a través de la reforma tributaria que dio la posibilidad a la DGI de pedir a la Justicia el levantamiento del secreto para trabar embargos, en denuncia por defraudación tributaria y para fiscalizar a instituciones financieras.

La séptima llegó en 2009 y daba la posibilidad a la Justicia de autorizar el levantamiento en intercambio del Banco Central con reguladores por delitos de mercados de valores.

La octava fue en 2010 y posibilitaba a la Justicia autorizar el levantamiento en investigación fundada de evasión y para satisfacer pedidos de fiscos extranjeros con los que se tuviera acuerdos de intercambio de información. En 2013 se consagró la novena y permite levantar el secreto para información y embargo de cuentas en caso de sentencia firme contra un deudor.

El cuidado que deberán tener las autoridades.

El experto en temas financieros, Bruno Gili dijo a El País que es difícil estimar si la perforación del secreto bancario tendrá impactos, pero en principio no hay que pensar en pérdida de depósitos porque los uruguayos utilizan al sistema bancario para su operativa y por ello la mayor parte de las cuentas son “a la vista”. En cuanto a los no residentes, dijo que para los argentinos “es posible que tenga más impacto el blanqueo de capitales” que instrumentó su gobierno que este cambio. Gili, que es socio de CPA Ferrere señaló que “las autoridades deberán tener cuidado y sentido común” para reglamentar la ley. Es que ya el sistema financiero tiene una “rentabilidad acotada” con costos “regulatorios importantes” y “si además le agregás que tiene que trabajar para el fisco, se le siguen sumando costos”, explicó. Gili abogó porque “al final esto no provoque seguir concentrando la banca, ya que en definitiva la forma de reducir costos es teniendo más escala” y que no vuelva al sistema “más ineficiente”.

Gobierno: 2 visiones sobre acciones y secreto.

En el gobierno hay dos visiones sobre esta modificación al secreto bancario y sobre qué hacer con las acciones al portador: una es la del presidente del Banco Central, Mario Bergara y otra la del subsecretario de Economía y Finanzas, Pablo Ferreri.

Previo a que el Poder Ejecutivo enviara el proyecto de ley que dispone la 10ª “flexibilización” o “perforación” al secreto bancario, Bergara se refirió a él en una comisión del Senado. Allí dijo que el proyecto “es un componente de erosión muy importante del régimen del secreto bancario” y que “ese paso adicional de dar automáticamente la información de depósitos de no residentes y residentes a las distintas jurisdicciones tributarias es un golpe casi mortal al secreto bancario que, a decir verdad, lo vemos con buenos ojos”.

En cambio, Ferreri dijo al diario El Observador que salvo ese envío de información anual, “es importante destacar que para el resto de la información se mantiene la obligación de pasar por la autorización judicial”.

La otra diferencia se da en qué hacer con las acciones al portador. El proyecto de ley establece que las entidades (persona jurídica, fideicomiso, fondo de inversión u otro patrimonio de afectación o estructura jurídica) con residencia fiscal en Uruguay “deberán identificar inequívocamente a sus beneficiarios finales, contando con la documentación que lo acredite fehacientemente” y además se desestimula el uso de sociedades en países de baja o nula tributación, al imponerle un impuesto más alto.

Para Bergara “es un buen momento” para plantear “la erradicación de las acciones al portador” y así lo dijo en un evento el miércoles. Ferreri salió rápido a aclarar en El Observador que eso “no está hoy en la mesa del Poder Ejecutivo”.


FUENTE -> http://www.elpais.com.uy/economia/noticias/secreto-bancario-decima-perforacion-justicia.html