Mayo 2020
El pasado 8/5/2020, el ministro de Trabajo y Seguridad Social, Pablo Mieres, presentó en conferencia de prensa del Poder Ejecutivo las características de un régimen de seguro de desempleo flexible, especial y provisorio, creado para atender la situación de un colectivo de trabajadores que no reúnen los requisitos para acceder al subsidio por desempleo como lo exige la normativa vigente.
Este régimen comprende:
- Vigencia desde el 1º de abril al 31 de mayo de 2020, amparando la suspensión total de tareas correspondiente a los meses de abril y mayo de 2020.
- Acceso al seguro de desempleo, provisoriamente por abril y mayo, a trabajadores con remuneración mensual con entre tres y cinco meses de aportes (en los últimos 12), con una prestación menor a quienes cuentan con seis meses o más, ya que la misma sería del 25% sobre el promedio de los 3 meses inmediatos anteriores.
- Para trabajadores remunerados por día, por hora, etc., aplicará para aquellos que revistan entre 75 y 149 jornales, que percibirán hasta 6 jornales calculados sobre el promedio de los 3 meses inmediatos anteriores.
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