Entró al Poder Legislativo y obliga a bancos a informar todas las cuentas.
El Poder Ejecutivo envió al Parlamento un proyecto de ley que obliga a las instituciones financieras a informar anualmente a la Dirección General Impositiva (DGI) los saldos y rentas acreditadas en cuentas bancarias de residentes y no residentes. En palabras del presidente del Banco Central (BCU), Mario Bergara, se trata de un “golpe casi mortal” al secreto bancario.
El artículo 1 establece que “las entidades financieras residentes en la República y las sucursales situadas en el país de entidades financieras no residentes, deberán suministrar anualmente a la DGI toda la información relativa a saldos y rentas al cierre del año civil, de las cuentas debidamente identificadas mantenidas por personas físicas, jurídicas u otras entidades que configuren residencia fiscal en otro país o jurisdicción”. El artículo 2 contiene la misma obligación para las cuentas de residentes.
Para los casos mencionados, se señala que no regirá el secreto bancario previsto en el artículo 25 del Decreto-Ley 15.322, ni ninguna otra restricción establecida en otras leyes, como el secreto bursátil o la protección de datos personales.
Los sujetos obligados a reportar los saldos y rentas en cuentas bancarias son las entidades que realizan actividad de intermediación financiera (como los bancos), actividad de custodia o inversión por cuenta y orden de terceros (fideicomisos o fondos de inversión). También se incluye a las compañías de seguros, en el caso de contratos con componentes de ahorro en la cuenta individual o de renta vitalicia.
El proyecto fue remitido el lunes de la semana pasada por el Poder Ejecutivo y el viernes se le dio entrada a la Asamblea General, que lo destinó a la Cámara de Diputados. El texto prevé que la nueva normativa tendrá vigencia desde el 1° de enero de 2017.
Un informe del estudio Brum Costa Abogados explica que “las modificaciones que se proponen respecto al secreto bancario responden al compromiso asumido por Uruguay de adoptar los estándares internacionales referidos al intercambio automático de información financiera”.
En junio, Uruguay firmó la Convención Multilateral sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal —promovida por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) — que implica que la DGI deberá colaborar con los fiscos extranjeros en el combate a la evasión y obligaba al país a flexibilizar el secreto bancario sobre los no residentes.
También el año pasado las autoridades uruguayas habían suscripto un compromiso para a partir de septiembre de 2018 intercambiar información tributaria en forma automática con otros fiscos.
Residencia.
Las entidades financieras obligadas a remitir la información a la DGI, deberán también identificar la residencia fiscal del titular de las cuentas. El proyecto aclara que para definir cuándo una persona física o jurídica es residente fiscal uruguayo, se deberán utilizar los criterios del Impuesto a la Renta de las Actividades Empresariales (IRAE) y el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) (si pagan estos tributos son residentes).
Otro cambio es que a partir de la vigencia de la ley, no se podrán abrir nuevas cuentas ni emitirse nuevos títulos de deuda o participación sin cumplir con el requisito de declarar la residencia fiscal de los titulares.
A su vez, para los casos en que los titulares de las cuentas sean sujetos de alto riesgo en materia de evasión fiscal —según los criterios del Poder Ejecutivo— se deberá informar acerca del beneficiario final.
Respecto a las sanciones, el proyecto establece que la omisión en el envío de la información por parte de las entidades obligadas acarreará una multa de 500 hasta 1.000 veces el valor máximo de la multa por contravención (aproximadamente de US$ 107.000 a US$ 215.000).
Las sanciones serán aplicadas por la DGI, quien es designada como organismo fiscalizador del cumplimiento de las obligaciones.
Bergara.
Al referirse al tema la pasada semana ante la Comisión especial creada en el Senado a raíz de los “Panamá papers”, Bergara indicó que el proyecto “es un componente de erosión muy importante del régimen del secreto bancario”.
“Creo que ese paso adicional de dar automáticamente la información de depósitos de no residentes y residentes a las distintas jurisdicciones tributarias es un golpe casi mortal al secreto bancario que, a decir verdad, lo vemos con buenos ojos”, dijo el presidente del BCU.
Bergara señaló que el debilitamiento del secreto bancario a través de los cambios normativos “está esencialmente internalizado” por los diferentes agentes del sistema financiero.
“Me parece que, a la corta o a la larga, todo el mundo ya descuenta que, en el futuro, el secreto bancario tendrá un rol mínimo en el contexto de lo que está sucediendo actualmente a nivel global y también doméstico”, manifestó.
También sostuvo que “la vaca sagrada de la plaza financiera, que era el secreto bancario entre los años 80 y 90, está dando cada vez menos leche”.